El Poder Ejecutivo provincial envió a la Legislatura el proyecto de reforma de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos. Se da luego de semanas de diálogo e intercambio con representantes sindicales y distintos sectores vinculados al sistema previsional.
“La iniciativa garantiza los derechos adquiridos, mantiene el 82 por ciento móvil sobre el sueldo bruto, ratifica la movilidad vinculada a las paritarias estatales y establece una implementación gradual de los cambios previstos”, expresaron desde el Ejecutivo. También remarcaron que el proyecto parte de una premisa central, y es que “ningún jubilado actual verá modificado su haber ni perderá derechos adquiridos”.
Cabe recordar que la edad jubilatoria vigente en Entre Ríos no registra modificaciones desde 1993.
Uno de los principales aspectos incorporados a partir del diálogo con los gremios es la gradualidad en la aplicación de los cambios vinculados a la edad jubilatoria. Señalan que “la iniciativa prevé para los actuales empleados estatales una adecuación progresiva de la edad de retiro, elevándola a 65 años, en línea con el aumento de la expectativa de vida y con criterios de sostenibilidad del sistema previsional”.
El proyecto prevé plazos de transición de entre cinco y veinte años para que ninguna persona próxima a jubilarse vea alteradas sus condiciones de manera inmediata. Sólo para los que ingresen al Estado a partir de la sanción de esta ley es que la edad jubilatoria pasará a ser de 68 años.
Otro de los temas incluidos a pedido de los gremios tiene que ver con la movilidad: los jubilados actuales y futuros mantendrán una actualización vinculada a los acuerdos paritarios de los trabajadores de la administración pública provincial.
“La iniciativa busca fortalecer la sostenibilidad de la Caja y forma parte del proceso de ordenamiento y equilibrio de las cuentas públicas que el gobierno provincial lleva adelante desde el inicio de la gestión”, indicaron fuentes cercanas al gobernador.
En relación con los regímenes especiales, aclararon que el proyecto no elimina beneficios ni jubilaciones anticipadas, tal como se definió en el intercambio con dirigentes gremiales. En cambio, establece que una vez alcanzada la edad prevista por el régimen especial correspondiente, el trabajador podrá optar entre continuar en actividad o acceder al beneficio jubilatorio anticipado. En cualquiera de los casos deberá continuar realizando aportes hasta alcanzar la edad jubilatoria ordinaria prevista en la Ley N° 8.732, en cumplimiento de una disposición ya contemplada en la normativa vigente y cuya aplicación pasa a efectivizarse de manera obligatoria con la nueva ley.
El proyecto también contempla un aporte solidario extraordinario, progresivo y transitorio para los salarios más altos, conversado también con los representantes sindicales. Quienes perciban ingresos inferiores a tres millones de pesos mensuales no realizarán aportes adicionales. Esta medida de emergencia sólo alcanza al 4 por ciento de los trabajadores. Asimismo, incorpora una modificación en el cálculo del haber inicial que persigue el objetivo de lograr un esquema más equitativo y representativo de toda la trayectoria laboral: se propone ampliar la base de cálculo a 240 meses, para evitar distorsiones generadas por ascensos o recategorizaciones previas a la jubilación, manteniendo como garantía el 82 por ciento móvil sobre el salario bruto.
Fuente: Enlace Político
